| REQUISITOS PARA SER SOCIOS DE LA COORDINADORA EXTREMEÑA DE ONGD'S |
|
TÍTULO III (Extraído de los Estatutos)
DE LA COMPOSICIÓN DE LA COORDINADORA EXTREMEÑA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO
Art.7.- Podrán ser socios de la Coordinadora Extremeña de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo, todas aquellas ONGD que reúnan las siguientes condiciones:
a) Ser una Organización No Gubernamental para el Desarrollo y que así quede reflejado en sus Estatutos.
b) La aceptación explícita de los fines y filosofía de la Coordinadora, tal como se expresa en los artículos del 1 al 6 de los presentes Estatutos.
c) La aceptación explícita y por escrito del Código de Conducta.
d) Llevar, como mínimo, dos años de existencia desde su reconocimiento legal, poseer una experiencia probada dentro del campo específico del desarrollo y tener el domicilio social dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
e) Las Organizaciones que deseen pertenecer a la Coordinadora Extremeña de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo, lo solicitaran al Presidente, el cual dará cuenta a la Junta Directiva que resolverá sobre la admisión del socio. Así mismo deberán ser presentados por dos miembros de la Coordinadora, acompañando los Estatutos debidamente legalizados, memoria de actividades y nombres de los responsables de la Organización.
f) Tener una base social, bien a nivel local, bien a nivel de implantación y actividades referidas a la cooperación y al desarrollo, lo que se acreditará mediante certificado del secretario de la ONGD, señalando claramente la situación de la ONGD a la fecha de la solicitud, en cuanto al número de asociados y distribución geográfica dentro de la Comunidad Autónoma.
g) Contar con una infraestructura autónoma y suficiente que permita cumplir con los compromisos institucionales y financieros exigidos por la pertenencia y acciones de la Coordinadora, lo que se probará mediante certificado del secretario de la ONGD que indique la cantidad de personal laboral y/o voluntario dedicado directamente por las ONGD en Extremadura.
h) Ser admitido por una mayoría de 2/3 de los miembros presentes en la reunión de la Junta Directiva y ratificado por la Asamblea General.
i) Participar en las actividades de la Coordinadora.
j) La Junta Directiva podrá excluir de la Coordinadora a aquellas Organizaciones cuyos actos se aparten de los fines o por incumplimiento de los mismos. La separación será precedida del oportuno expediente, en el que deberá ser oído el interesado. Contra el acuerdo de la Junta Directiva cabrá recurso ante la primera Asamblea General que se celebre.
k) Podrán solicitar su baja de la Coordinadora voluntariamente las Organizaciones que lo deseen. Pero ello no les eximirá de satisfacer las obligaciones que tengan pendientes con ella.
|
|
|
|